Hasta el próximo 3 de septiembre de 2020 pueden solicitar ayudas los trabajadores autónomos, microempresas y pequeñas empresas, para la implantación en sus instalaciones o locales de atención a sus clientes, de medidas de prevención y protección frente al COVID-19.

Se considerarán gastos subvencionables aquellos realizados y pagados desde la entrada en vigor del estado de alarma (14 de marzo pasado) hasta el 30 de septiembre de 2020, consistentes en la adquisición y, en su caso, instalación de los tipos de equipos o bienes que se relacionan a continuación, todos ellos de carácter inventariable y no fungibles ni desechable, destinados de forma indubitada a la implantación de medidas de prevención y protección contra la transmisión de la epidemia en las instalaciones o locales de venta o atención al público de los beneficiarios.

Entre otros posibles de la misma tipología, serán subvencionables los siguientes:

  • Mamparas transparentes de metacrilato o de vidrio templado destinadas a establecer barreras entre los clientes o entre estos y los trabajadores de los locales.
  • Dispositivos y elementos de señalización de los locales, para facilitar el mantenimiento de la distancia entre usuarios y para orientar a estos sobre las medidas y precauciones que deben adoptar.
  • Termómetros infrarrojos portátiles para medir la temperatura corporal, sin contacto.
  • Desinfectantes de ozono.
  • Dosificadores automáticos o de pedal de gel hidroalcohólico o de jabón.
  • Dispensadores de papel toalla.
  • Secadores automáticos de manos.
  • Papeleras o contenedores de pedal, para el material desechable.

Se tratará de adquisiciones en elementos nuevos, directamente relacionados con los fines referidos.

El importe de la subvención será el solicitado por el peticionario, sin IVA, reducido, en su caso, en los importes de los gastos que, por aplicación de los establecido en la base anterior, no sean subvencionables en esta línea de ayudas, y hasta una cuantía máxima de 500,00 € por autónomo o empresa.

INFORMACIÓN

Más información: Agente de Empleo y Desarrollo Local

Lunes y Jueves, de 9:00 h. a 14:00 horas, en el Ayuntamiento de Aceuchal.