Se publica a través de este medio el listado provisional de preseleccionados por el SEXPE de una plaza de Peón de usos múltiples, de acuerdo con la RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2020, de la Secretaría General de Empleo, sobre concesión de subvenciones solicitadas por municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al amparo de la Resolución de 30 de diciembre de 2019 por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2020, de las subvenciones del Programa I del Programa de Activación del Empleo Local, reguladas por la Orden de 11 de diciembre de 2019.

Listado provisional de preseleccionados/as

Se abre un plazo de reclamaciones hasta el 9 de junio de 2020.

Las reclamaciones se presentarán vía telemática a través del correo electrónico:
cempleo.almendralejo@extremaduratrabaja.net

El puesto de trabajo y sus características son los siguientes:

 Denominación puesto de trabajo: Peón de usos múltiples
 Nº de plazas: 1
 Duración: 12 meses
 Contrato: Obra y/o servicio determinado
 Jornada: Completa
 Titulación exigida: FP de electricidad o similar
 Procedimiento de selección: Preselección por el SEXPE y Selección por el Ayuntamiento respetando el orden de preselección realizada por el SEXPE.

Condiciones que deben reunir los/as aspirantes:

a) Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo desempleadas, a fecha de realización del sondeo en los Centros de Empleo del SEXPE y a la fecha de contratación por el Ayuntamiento.

El cumplimiento de este requisito a fecha de contratación será comprobado por el Ayuntamiento el día de la firma del contrato.

El proceso de preselección y selección será el siguiente:

El proceso de preselección y selección de los trabajadores se ajustará a lo establecido en el Art. 20 “Preselección de trabajadores” y el Art. 21 “Selección de trabajadores” de la ORDEN de 11 de diciembre de 2019 por la que se regula el Programa de Activación del Empleo Local y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación.

Por parte del SEXPE se realizará una preselección de acuerdo con la oferta de empleo presentada por este Ayuntamiento y según los criterios de prioridad que determina el punto 5 del artículo 20 de la ORDEN de 11 de diciembre de 2019 por la que se regula el Programa de Activación del Empleo Local y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación, y en su caso, además de los criterios de adecuación al puesto de trabajo fijados por el Ayuntamiento.

“Las personas candidatas serán preseleccionadas por el correspondiente centro de empleo, atendiendo a su adecuación al puesto de trabajo ofertado y a los grupos preferentes que se señalan a continuación, por orden de prioridad:

a) Demandantes desempleadas mayores de 45 años.
b) Demandantes desempleadas de entre 30 y 45 años.
c) Resto de personas demandantes desempleadas, es decir, menores de 30 años.

Las demandantes serán preseleccionadas y ordenadas dentro de cada grupo, en función del mayor tiempo de inscripción de manera ininterrumpida como desempleadas”.

Una vez recibido el listado provisional de personas preseleccionadas, se publicará en el tablón de anuncios del Centro de Empleo y del Ayuntamiento de Aceuchal, estableciéndose un plazo de reclamaciones de dos días hábiles a partir del siguiente de la publicación de la lista provisional. Una vez resuelta las reclamaciones se publicarán en el Tablón de anuncios de Centro de Empleo y en el del Ayuntamiento de Aceuchal, el listado definitivo de personas preseleccionadas.

La selección se realizará por parte del Ayuntamiento, según determina la ORDEN de 11 de diciembre de 2019 por la que se regula el Programa de Activación del Empleo Local y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación y de acuerdo con los puestos de trabajo mencionados en la base Segunda de esta convocatoria:

• Preselección por el SEXPE y Selección por el Ayuntamiento respetando el orden de preselección realizada por el SEXPE.